viernes, 30 de noviembre de 2007

Condenado por quemar a una paciente con fotodepilación

El médico indemnizará con 37.156 euros a la joven por las secuelas estéticas en las piernas generadas por el tratamiento con láser para eliminar el vello.

Un médico de un centro de estética de Málaga ha sido condenado a indemnizar con un total de 37.156 euros a una paciente, que sufrió quemaduras en sus piernas a causa del tratamiento de fotodepilación al que se había sometido en dicho establecimiento. Según la sentencia, el doctor cometió "una negligencia profesional en la aplicación del tratamiento con láser" para eliminar el vello de la joven. En este sentido, el facultativo ni valoró las características de la epidermis de la paciente, ni controló las quemaduras. Los hechos sucedieron entre diciembre de 2003 y junio de 2004, periodo en el que la afectada se sometió al tratamiento de fotodepilación.Desde la tercera sesión la paciente advirtió de los escasos resultados del tratamiento, por lo que el médico decidió cambiar los filtros, si bien esto entrañaba mayores riesgos.

Riesgo de las sesiones.
A partir de la sexta sesión se detectó que la joven estaba más morena, por lo que el médico bajó un punto la energía. En los documentos clínicos del doctor se afirmaba por entonces que "habían aparecido quemaduras". Por esta razón, el facultativo aconsejó a la paciente no tomar el sol, pero no suspendió las sesiones de depilación. Según la resolución, la demandante presentaba "importantes quemaduras" por la fotodepilación, pero el médico no interrumpió el tratamiento, ni remitió el caso a un dermatólogo. Es más, le regaló una crema despigmentante para tratar las quemaduras, que le produjeron hiperpigmentaciones postinflamatorias en las piernas. Tras estos hechos, la paciente denunció el caso ante el Defensor del Paciente. Su letrado Damián Vázquez, tramitó la demanda correspondiente ante los juzgados de la jurisdicción civil.

Perjuicio estético. La juez que ha dictado la sentencia considera que las quemaduras han causado en la demandante una importante afectación estética en sus piernas. Como consecuencia de este perjuicio estético, la paciente padece un cuadro depresivo. En la sentencia, se acredita que la afectada estuvo informada del tratamiento y de las posibilidades de quemaduras, "riesgo que es inherente al empleo del láser, pues precisamente esta técnica se emplea para quemar el vello". No obstante, el juzgado destaca la "negligencia profesional" cometida por el médico. "Existe una clara relación de causalidad entre la aplicación negligente del láser que tenía como fin el procurar un estado de depilación permanente y el resultado dañoso producido", establece la sentencia. La juez estima que una buena y correcta aplicación del láser, teniendo en cuenta las características físicas de la paciente y el estado de la epidermis, hubiera evitado este resultado lesivo.

La demandante solicitaba una indemnización de 87.271 euros por las secuelas estéticas y 1.573 por los gastos de tratamiento dermatológico y de farmacia. En cambio, el juzgado cuantifica el perjuicio estético en diez puntos, en lugar de 25 como se recogía en la demanda, y el estrés postraumático, en quince puntos. Por ello, fijó la indemnización en 37.156 euros, cantidad que incluye los gastos por el tratamiento médico de las quemaduras.
Fuente: La Opinión de Málaga

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